Criterios y condiciones generales
Criterios y condiciones generales en el otorgamiento de becas
- La presentación formal de la solicitud de una beca implica la aceptación de todos los criterios, condiciones y requisitos, generales y específicos, establecidos en las bases para acceder a las becas de La Fundación La Farga.
- Los miembros del Patronato de La Fundación La Farga son los responsables de la asignación de las becas. El Patronato es soberano en esta función, que no se puede delegar, y sus decisiones son irrevocables.
- La Fundación La Farga solo otorgará becas a solicitudes que cumplan todas las condiciones generales y todos los requisitos, generales y específicos, establecidos en las bases de cada convocatoria, tanto por lo que respecta a requisitos formales como los de cumplimiento de plazos establecidos.
- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones generales o de cualquier de los requisitos, generales y especifico, establecidos en las bases de la becas de La Fundación La Farga comportará la eliminación automática de la solicitud de una beca.
- Después del nombramiento de las becas, se notificara la concesión a las personas becadas y no becadas por correo electrónico. Posteriormente, se hará una entrega oficial a los ganadores de las becas.
- Las personas beneficiarias de una beca deberán de suscribir un convenio de aceptación con la Fundación La Farga, en el cual consten las condiciones y normas aplicables durante el aprovechamiento de la beca, así como los detalles de la posterior certificación de logro de los objetivos de la beca. Las estipulaciones de este convenio son de obligatorio cumplimiento por parte de las personas beneficiarias de una beca
- En este convenio se detallará el importe de la beca concedida. La Fundación La Farga primero dará el 75% del importe becado y luego dará el 25% restante, cuando la persona becada presente el expediente académico del curso becado por la Fundación La Farga.
- En el caso que el Patronato detecte que se ha mentido u ocultado información en la documentación aportada en la tramitación de una beca, se anulará inmediatamente la beca y se reclamarán las cantidades económicas que se hayan concedido.
- La convocatoria comprende cualquier área de conocimiento, de la cual se quiera obtener un título oficial o un título propio.
- No se otorgará ningún tipo de beca para estudios ya finalizados.
- El importe de la beca solicitada ha de ser para la totalidad de un curso académico. El importe no se puede utilizar para fragmentarlo en dos o más cursos académicos.
- En el caso que durante el curso académico para el que se ha solicitado la beca ocurriera algún hecho destacado, no previsible y excepcional, como una enfermedad grave, que pudiera dificultar o impedir el cumplimiento de cualquiera de las condiciones generales de las bases de las becas, el hecho se deberá notificar formalmente por escrito, vía e-mail o bien por correo postal certificado tradicional, de manera inmediata al Patronato. En ningún caso se aceptaran justificaciones a posteriori.
En el caso de producirse algún hecho destacado, comentado en el parágrafo anterior, el Patronato podrá exigir aportar la información adicional que considere necesaria para poderse pronunciar sobre el hecho. - No se aceptará la solicitud de ninguna nueva beca de una persona que haya estado becada anteriormente por La Fundación La Farga y no haya cumplido todas las condiciones generales y requisitos, generales y específicos, de la beca anterior.
- Se concederán becas hasta llegar al límite del presupuesto previsto para cada convocatoria.
- Para la concesión de becas se priorizará:
- Las solicitudes de becas orientadas a completar estudios ya becados por la Fundación La Farga.
- Se assigna la beca en función de las rentas de las personas solicitantes, y se priorizan las rentas más bajas.
- En el caso de igualdad en la declaración de renta de las personas solicitantes, el Patronato de la Fundación La Farga decidirá cómo se otorga la beca.